miércoles, 23 de junio de 2010

Nuevo Contrato de Formación

BOE 147 Jueves 17 de junio 2010. RD Ley 10/2010 de 16 de junio.

Requisitos de los trabajadores

*       Se podrá celebrar con trabajadores desempleados mayores de 16 años y menores de 25 años (hasta 31 de Diciembre de 2.011), siempre y cuando carezcan de titulación para realizar un contrato en prácticas. No existe límite de edad para trabajadores discapacitados ni para Programas de Talleres de Empleo.
*       No haber tenido otro contrato formativo para la ocupación que sea contratado, salvo en el caso de no haber estado el tiempo máximo de 2 años.

Duración y jornada

*       La duración no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años, salvo que Convenio Colectivo autorice otra duración, sin que ésta pueda exceder de 3 años. Se podrán formalizar un máximo de dos prórrogas.
*       La jornada siempre será a tiempo completo. El contrato lleva implícita la formación teórica para el puesto de trabajo que en ningún caso será inferior al 15 % de la Jornada Laboral.

Retribución del trabajador

*       Será la fijada en el Convenio colectivo para dichos contratos y en caso de que no se contemple su importe será el Salario Mínimo Interprofesional vigente para el segundo año del contrato y la parte proporcional del S.M.I. correspondiente a la jornada trabajada para el primer año de contratación. Durante el año 2.010 el S.M.I. es de 633,30 € mensuales, por tanto el primer año como máximo 538,30 € mensuales (85% de jornada) y 633,30 € para el segundo.

Formación teórica

*       El tiempo dedicado a la formación teórica será como mínimo el 15 % de la jornada laboral. Dicha formación será bonificada en los términos que se establezca reglamentariamente.

Acción protectora

*       Igual que cualquier otra modalidad contractual del ordenamiento vigente incluido el desempleo.

Incentivos

*       Bonificación del 100 % de las Cotizaciones Empresariales y de los Trabajadores para todos los contratos celebrados hasta el 31 de Diciembre de 2.011, así como de las prórrogas de contratos que se realicen a partir de 18 de Junio de 2.010 de contratos de formación concertados con anterioridad a 18 de Junio de 2.010.
*       Si se transforma el contrato en Indefinido bonificación de cuotas de 500 € mensuales o 700 € en el caso de mujeres durante 3 años.

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